Tu apoyo impulsa una misión que transforma vidas hoy
El Evangelio sigue corriendo con poder. Desde los Estados Unidos, Dios me ha llamado a llevar su Palabra con urgencia y valentía, predicando en iglesias, reuniones, eventos evangelísticos y también a través de las redes sociales, donde cada mensaje está alcanzando personas con fe, salvación y esperanza.
”¿Y cómo predicarán si no fueren enviados?”
Romanos 10:15
Esta misión no comenzó hoy. Tiene raíces profundas.
Por más de 30 años, prediqué en toda Nicaragua, fundando un ministerio que alcanzó a miles de personas por medio de cruzadas, campañas, discipulados y un mensaje claro de salvación. Hoy, esa misma pasión sigue ardiendo, aquí en los Estados Unidos… y tú puedes ser parte de lo que Dios está haciendo ahora.

¿Por qué sembrar en esta obra?
- Porque nuestro mayor compromiso es predicar el Evangelio con urgencia a toda persona que aún no tiene a Cristo en su corazón, rescatándola del infierno y llevándola al Reino de su amado Hijo, Jesús.
- Porque estamos determinados a predicar a cualquier costo, en cualquier lugar donde Dios nos abra una puerta.
- Porque esta es tierra fértil, donde la Palabra sigue dando fruto.
“Dad, y se os dará; medida buena, apretada, remecida y rebosando…”
Lucas 6:38
Información Legal Sobre Tu Siembra

Todas las contribuciones se hacen a través de nuestro ministerio sombrilla Portal de la Montaña «Mountain Gateway» y son dirigidas de forma legal para el ministerio Si Puedes Creer del Evangelista José Luis Orozco y son utilizadas con integridad y propósito para el avance del Evangelio.
Tus ofrendas son destinadas a cubrir:
- Viajes ministeriales y pasajes de avión
- Combustible y mantenimiento del vehículo
- Pago de diseñadores y equipo básico de comunicación
- Producción y distribución de folletos, libros y materiales bíblicos
- Actividades evangelísticas en diferentes ciudades
Formas seguras de donar:
Donaciones se hacen a través de Mountain Gateway Ministries. Esta organización está reconocida como una entidad exenta de impuestos bajo la sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas. Su donación puede ser deducible de impuestos conforme a la legislación vigente. No se han proporcionado bienes o servicios a cambio de esta contribución, excepto aquellos de valor insignificante según lo permitido por la ley.